las reglas de operacion del copropriedad ( equivalentes a la del condominio) se encuentra en el mismo texto de la escritura de compraventa que el notario debe dar fe y transcribir en cada venta.
Son muy claras y simplificadas. se establece el la relación de áreas privativas y el usos de la areas comunes
los copropietarios no necesitan firmar.
igual que un condominio las ventas son individuales
Solo hace falta dar derecho de tanto con una carta que de acuerdo al reglamento de la escritura se hacer por correo electrónico o a través de una carta dirigida al administrador, quien esta facultado para recibirla en nombre de todos los propietarios.
igual que en un condominio lo debe pagar el sucesor
No es necesario, solo darles derecho de tanto.
No, los artículos 939, 946, 950 y 976 del Código Civil protegen a los propietarios de afectaciones por embargos, ilícitos cometidos por otros dueños, o acciones legales emprendidas por algún otro propietario"
No, La ley solo pide notificar el derecho de tanto a los copropietarios. En las reglas de convivencias de define que este proceso se realiza a través del Administrador del inmueble a quien se le notifica en el propio inmueble.